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Suprema acoge recurso del Gobierno y ordena juicio telemático para Los Gallegos.

El Ministerio del Interior, la Fiscalía Regional de Arica y Gendarmería solicitaron se revocara la decisión de la Corte de Apelaciones de Arica para que el juicio volviera a ser semipresencial y telemático, evitando riesgos en el traslado presencial de los acusados.

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Esta tarde, la Corte Suprema tomó una decisión crucial respecto al juicio oral contra 19 imputados vinculados a Los Gallegos, una organización criminal ligada al Tren de Aragua. El tribunal superior acogió un recurso de protección presentado por el Ministerio del Interior, la Fiscalía Regional de Arica y Gendarmería, revocando la decisión anterior de la Corte de Apelaciones de Arica que exigía la presencialidad del juicio. En su lugar, se determinó que el proceso se realice de manera telemática.

El fiscal regional de Arica, Mario Carrera, confirmó la admisión del recurso y la implementación de una orden de no innovar por parte de la Corte Suprema. "Hoy día fueron admitidos a tramitación por parte de la Corte Suprema, quienes además determinaron lo que se denomina orden de no innovar, y dentro de esta orden de no innovar han resuelto que el juicio se puede iniciar el día lunes y bajo la modalidad que inicialmente había resuelto el Tribunal Oral en Lo Penal. Esto es, con el carácter de telemático", explicó Carrera.

Desde el Ministerio Público, se mostraron conformes con la resolución, aunque Carrera aclaró que la aceptación de la orden de no innovar no significa que el recurso haya sido completamente resuelto. "El hecho de que se haya acogido la orden de no innovar no implica que ya esté resuelto el recurso, sino que simplemente durante la próxima semana la Corte Suprema va a resolver en definitiva si se ha dado luz verde al traslado o no", señaló el fiscal.

El Gobierno, a través del Ministerio del Interior, presentó el recurso contra la realización presencial del juicio considerando los riesgos que el traslado de los acusados podía implicar. "La opinión nuestra, que es la opinión de Gendarmería, es que la realización del juicio presencial, teniendo posibilidades de conexión telemática real y efectiva, implica un riesgo significativo a la seguridad por tres grandes motivos. El primero, por los traslados. El segundo, por el perfil de las personas. Son de peligrosas y de alto compromiso. Y el tercero, por el riesgo que implica un juicio presencial de esas características en el lugar donde se encuentra el tribunal", argumentó el ministro de Justicia, Luis Cordero.

El juicio, que involucra a un total de 38 acusados, se llevará a cabo el próximo lunes en el Tribunal Oral en lo Penal de Arica, de manera telemática. De los 19 acusados que estaban inicialmente obligados a asistir de manera presencial, cinco enfrentan solicitudes de presidio perpetuo, destacando la gravedad de los cargos en su contra.

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La concejala había estado en prisión preventiva tras su detención en enero, relacionada con el caso Democracia Viva, que también involucra a Daniel Andrade y al exseremi Carlos Contreras.

En marzo, se cambió su prisión preventiva por arresto domiciliario. Durante la audiencia, su defensa presentó justificaciones médicas de acuerdo a lo consignado por SoyAntofagasta.

La Fiscalía busca garantías para asegurar el cumplimiento de las medidas preventivas, dada la gravedad de las acusaciones.


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El tribunal revocó la prisión preventiva, considerándola desproporcionada. En su lugar, optaron por el arraigo nacional, restricciones de acercamiento a las oficinas municipales, y a los funcionarios relacionados con la investigación.

Según el Ministerio Público, Agusto, como presidente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, no detuvo la compra de un inmueble objetada por Contraloría. La propiedad tenía lazos familiares con el exalcalde, lo que generó sospechas de conflicto de interés.

El tribunal determinó que la única querella vigente en su contra llegó cinco años después de los eventos. Agusto, quien anteriormente tenía una conducta irreprochable, puede cumplir cualquier sanción en libertad, argumentó la defensa.

El fallo no fue unánime, ya que el abogado Fernando Orellana votó por mantener la prisión preventiva. Sin embargo, se aplicaron las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal para la protección del proceso.


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